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ALERTA LABORAL: SUSPENSIÓN DE PLAZOS PROCESALES

ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES

 

Como efecto de las medidas adoptadas por el Decreto Supremo N° 4199, de 21 de marzo de 2020, relacionado a la Cuarentena Total dentro del territorio boliviano, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante el Comunicado 11/2020 de 24 de marzo de 2020, entre otros aspectos, comunica y aclara la suspensión de plazos procesales administrativos de todos los recursos administrativos que se encuentren en trámite y pendientes de resolución en las diferentes instancias administrativas dependientes de dicha cartera de Estado y asimismo, la suspensión de actuaciones administrativas como ser: Audiencias de reincorporación, audiencias de pago de beneficios sociales, acoso laboral y toda actuación administrativa que amerite la realización de audiencias.

 

Así también dispone la suspensión de plazos procesales para la emisión de informes o actos administrativos, por causa del trámite de reincorporación y acoso laboral, visado de contratos de trabajo para extranjeros, visado de finiquitos.

 

En cuanto al pago de beneficios sociales, aclara que el mismo debe realizarse dentro del plazo establecido conforme a norma vigente, pudiendo ser efectuado por transferencia u otra modalidad que adopte el empleador para el cumplimiento de dicho pago durante la vigencia de la cuarentena total.

 

La Paz, 24 de marzo de 2020.