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Se prorrogó por tercera ocasión la presentación de obligaciones tributarias, manteniendo vigente el pago del IUE hasta el 29 de mayo de 2020.

El Servicio de Impuestos Nacionales mediante RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102000000010 de 8 de mayo de 2020 ha establecido nuevas prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones impositivas de acuerdo al siguiente detalle (ver anexo adjunto)

  1. Debido a la ampliación de la cuarentena a nivel nacional, la Administración Tributaria modificó la presentación de la información de los contribuyentes.
  2. Establece una prórroga en los impuestos mensuales, facilidades de pago, CEDEIMs, CENOCREN y otros en su mayoría hasta finales de julio.
  3. Así mismo, establece prórroga para la presentación de los Estados Financieros y su documentación adjunta respaldatoria hasta el mes de julio de acuerdo con el vencimiento del NIT de cada contribuyente, sin embargo el pago debe ser realizado hasta el 29 de mayo de 2020 para los contribuyentes que cerraron sus estados financieros el 31 de diciembre de 2019.

 

Obligación VinculadaCondiciónPlazo de acuerdo con la RND N° 102000000006Nuevo plazo según laNuevo plazo según la
RND N° 102000000009RND N° 102000000010
RC-IVA DependientesPresentación al empleador del FORM-110 v.3 de los Sujetos Pasivos del RC-IVA Dependientes, tanto de instituciones públicas y privadas, por los periodos abril y mayo 2020, conforme a procedimiento establecido.Hasta el 20 de junio de 2020Se aclara lo dispuesto en el Artículo 2 y Disposición Transitoria Séptima de la Resolución Normativa de Directorio N° 102000000009 de 16 de abril de 2020, señalando que los agentes de retención del RC-IVA dependientes, podrán presentar la planilla tributaria consolidada a junio o de forma separada por los periodos fiscales de abril, mayo y junio, hasta el vencimiento del periodo junio de 2020.
Impuestos mensualesDeclaración y/o pago de obligaciones tributarias mensuales de los periodos fiscales febrero y marzo de 2020Hasta los vencimientos establecidos para el periodo fiscal abril 2020, en función al último digito de NIT.Adiciona los meses de abril y mayo, hasta los vencimientos establecidos para el periodo fiscal junio 2020, en función al último digito de NIT.
Facilidades de pagoPago de cuotas de planes de facilidades de pago fenecido el 28 febrero de 2020 y el que fenecerá el 31 de marzo del año en curso.Hasta el 30 de abril del 2020Hasta el 12 de junio de 2020Hasta el 31 de julio de 2020 los vencimientos para el pago de cuotas de planes de facilidades de pago que fenecerán en fechas 12 de junio de 2020 (que comprende los vencimientos fenecidos en los meses octubre a diciembre de 2019 y enero a mayo de 2020) y 30 de junio del año en curso.
CEDEIMsPresentación de Solicitudes de Devolución Impositiva (CEDEIM) con vencimiento en marzo de 2020.Hasta el 30 de abril de 2020Hasta el 29 de mayo de 2020Hasta el 31 de julio de 2020, de los períodos fiscales comprendidos entre septiembre a diciembre de 2019, cuyos vencimientos corresponden a los meses de marzo a junio de 2020.
CEDEIMsPlazo para el recojo de Títulos Valores (CEDEIM), cuyos vencimientos se hubieran producido entre el 23 de marzo de 2020 y la fecha en que culmine la suspensión de actividades públicas y privadas por la emergencia sanitaria nacional.Hasta el 30 de abril de 2020 de acuerdo con la RND N° 102000000008.Hasta el 29 de mayo de 2020Hasta el 31 de julio de 2020 el plazo para el recojo, cuyos vencimientos se hubieran producido entre el 23 de marzo y el 31 de mayo de 2020.
CENOCREFPresentación de Solicitudes de Certificados de Notas de Crédito Fiscal (CENOCREF) por concepto de la Ley Nº 1886, con vencimiento en marzo de 2020.Hasta el 30 de abril de 2020Hasta el 29 de mayo de 2020Hasta el 30 de julio de 2020, de los periodos fiscales comprendidos entre enero y abril de 2020, cuyos vencimientos corresponden a los meses de marzo a junio de 2020.
CENOCREFRecojo de Títulos Valores (CENOCREF) Ley N° 1886, cuyos vencimientos se hubieran producido entre el 23 de marzo de 2020 y la fecha en que culmine la suspensión de actividades públicas y privadas por la emergencia sanitaria nacional.Hasta el 11 de mayo de 2020Hasta el 29 de mayo de 2020Hasta el 31 de julio de 2020 el plazo para  vencimientos se hubieran producido entre el 23 de marzo y el 31 de mayo de 2020.
LCV-IVA y Agentes de InformaciónCumplimiento de obligaciones formales como envío del Libro de Compras y Ventas IVA, Agentes de Información y otras establecidas en normativa específica, con vencimiento en los meses de marzo y abril de 2020.Hasta el 11 de mayo 2020Se prorroga el plazo para el envío de la Planilla Tributaria v.2 correspondiente a los periodos abril y mayo 2020 consolidada al mes de junio.Prorrogar la presentación de los Libros de Compras y Ventas IVA, Agentes de Información y otras establecidas en norma específica para los periodos fiscales de febrero, marzo, abril y mayo de 2020 hasta los vencimientos establecidos para el periodo fiscal junio 2020, en función al último dígito de NIT.
Régimen EspecialObligaciones del Régimen Tributario Simplificado del bimestre enero y febrero de 2020.Hasta el 11 de mayo de 2020Hasta el 11 de junio de 2020 adiciona al período marzo y abril.Hasta el 10 de julio de 2020 el pago de las obligaciones  de los bimestres enero a febrero y marzo a abril de 2020.
Régimen EspecialPresentación de Declaraciones Juradas, pago de impuestos y cumplimiento de deberes formales del Sistema Tributario Integrado (STI) correspondiente al periodo fiscal marzo 2020 (trimestre comprendido entre los meses enero, febrero y marzo de 2020).Hasta el 29 de mayo de 2020Hasta el 22 de julio de 2020 el plazo para la presentación de Declaraciones Juradas, pago de impuestos y cumplimiento de deberes formales del Sistema Tributario Integrado (STI) correspondientes al trimestre enero a marzo de 2020.
RC-IVA CDPresentación de Declaraciones Juradas, pago de impuestos y cumplimiento de deberes formales del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado – Contribuyente Directo (RC-IVA CD) correspondiente al periodo fiscal marzo 2020 (trimestre comprendido entre los meses enero, febrero y marzo de 2020).Hasta el 29 de mayo de 2020Hasta el 20 de julio de 2020 el plazo para la presentación de Declaraciones Juradas, pago de impuestos y cumplimiento de deberes formales correspondiente al trimestre enero a marzo de 2020.
IUEPresentación de Declaraciones Juradas (Formularios 500, 510, 520 y 515) del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) correspondiente a empresas con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2019. Asimismo, la presentación física y digital de Estados Financieros, Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria, información de Precios de Transferencia y envío del Formulario Electrónico F-110 v.3 (contribuyentes que ejercen profesiones liberales u oficios) según corresponda, que requieran ser presentados a la Administración Tributaria.Hasta el 29 de mayo de 2020Hasta el 12 de junio de 2020, adiciona el formulario 605 y 601.Prorrogar el plazo para la presentación física y digital de Estados Financieros, Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria e Información de Precios de Transferencia, a través de los formularios electrónicos 605 y 601, según corresponda, que requieran ser presentados a la Administración Tributaria, por los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2019, hasta el mes julio de 2020, en función al último dígito de NIT, manteniéndose incólume el vencimiento para el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) conforme prevé el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 4198.

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